Resumen: El TS desestima el recurso de SCHREIBER FOODS ESPAÑA, S.L. contra la sentencia que declaró nula una modificación de las condiciones de trabajo. La empresa pagaba a sus trabajadores un salario base superior y un complemento personal inferior a lo establecido en el Convenio Colectivo, manteniendo el salario fijo total. Esta práctica se mantuvo desde antes de 2017 hasta abril de 2022. En abril de 2022, la empresa ajustó las nóminas para que los conceptos salariales coincidieran exactamente con el convenio. CCOO demandó, alegando que este cambio constituía una MSCT de carácter colectivo y que debía haberse seguido el procedimiento del art. 41 ET, lo cual no se hizo. El TSJ determinó que la práctica había generado una condición más beneficiosa para los trabajadores. La modificación unilateral sin seguir el procedimiento legal era nula. El TS confirmó esta decisión, rechazando los argumentos de la empresa. Determinó que la práctica sostenida en el tiempo evidenciaba la voluntad de la empresa de otorgar esa condición y que su modificación requería seguir el procedimiento del art. 41 ET. Se ordena a la empresa restablecer las condiciones anteriores, manteniendo el salario base superior que percibían los trabajadores.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de inadmisión de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación por silencio de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: DESPIDO. VULNERACIÓN DE LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: Contingencia de accidente de trabajo de incapacidad temporal; presunción de laboralidad de ictus padecido en tiempo y lugar de trabajo; contingencia común de la incapacidad permanente por secuelas diferentes al accidente de trabajo. Falta de contradicción.
Resumen: La Sala reproduce la STS 1032/2024, de 11 de junio (RCA 6896/2022) recaída en supuesto idéntico, que a su vez reitera doctrina precedente sobre requisitos de procedimiento de elaboración de disposiciones generales (por todas, STS de 29 de junio de 2020 -RCA 113/2019-), señalando que la disposición anulada por la sentencia aquí recurrida -Plan Sectorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Castilla y León-, se enmarca en el artículo 40 de la Ley autonómica 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, que ciertamente impone a los municipios una serie de cargas respecto de la organización del servicio público en cuestión. Responde entonces a la cuestión de interés casacional planteada expresando que, suscitado el debate en el ámbito meramente formal denunciado en el recurso y teniendo en cuenta que la norma reglamentaria impugnada afecta a las Administraciones locales, debe extremarse la exigencia de la memoria económica, debiendo estimarse cumplimentada la exigencia cuando en el procedimiento de aprobación de la norma reglamentaria autonómica se elabora una memoria económica con la previsión de los gastos que comporta y los medios para su financiación por la Administración que aprueba la norma, por más que se deje al criterio de la soberana decisión de las corporaciones municipales asumir el cumplimiento de la norma reglamentaria con la aceptación de dicha financiación.
Resumen: La resolución judicial acordando la intervención telefónica puede considerarse suficientemente motivada si, integrada con la solicitud policial a la que puede remitirse, contiene todos los elementos necesarios para llevar a cabo el juicio de proporcionalidad. El derecho de las partes personadas a conocer las pruebas materiales que estén en posesión de las autoridades competentes y que se integren en el procedimiento penal seguido ante los tribunales, sin más exclusión que la que temporalmente deriva del secreto de las actuaciones, no abarca a conocer el contenido de la investigación preprocesal que motivó la iniciación del proceso. La complicidad queda reducida a supuestos de contribución de segundo orden, no comprendidos en ninguna de las modalidades de conducta descritas en el art. 368, y generalmente incluidas dentro de los supuestos encuadrados en lo que se ha llamado "favorecimiento del favorecedor", con lo que se hace referencia a conductas que sin promover, favorecer o facilitar directamente el consumo ilegal, auxilian a quien ejecuta los verdaderos actos típicos. El transcurso del término o su prórroga extemporánea priva de título competencial al juez de instrucción para ordenar diligencias de investigación novedosas. Finalizada la fase de instrucción, el juez no puede seguir investigando el hecho punible practicando diligencias. Pueden practicarse fuera de plazo las diligencias de instrucción que se deriven inescindiblemente de otras ya admitidas dentro de plazo.
Resumen: Impugnación del Decreto 10/2021, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Plan Sectorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Castilla y León. Determinación del grado de concreción de la memoria económica que se acompaña en el procedimiento de elaboración de una disposición reglamentaria cuyo objeto es la regulación de la estructura, organización y funcionamiento de servicios públicos -y, específicamente, el de prevención y extinción de incendios-, que puede incidir en las competencias de las entidades locales sobre dichos servicios y, singularmente, en la autonomía financiera y en el equilibrio presupuestario de las mismas. Reiteración de la doctrina establecida en la STS de 11 de junio de 2024 (6896/2022).